sábado, 5 de enero de 2013

Supresión de la incompatibilidad de las profesiones de abogado y procurador

¡Ya lo dice el refrán! "Si las barbas de tu vecino ves recortar, pon las tuyas a remojar".
¡Y así ha sido!

En días pasados escribí un post titulado: "¡Ahora le toca a los jueces! ¿Y después....?". Pues, después...., han sido y seremos los abogados y procuradores.


El pasado día veintiocho de diciembre se dio a conocer el borrador del Anteproyecto de Ley de Servicios Profesionales elaborado por el Ministerio de Economía y Competitividad.

En el apartado relativo a las Profesiones Jurídicas cabe destacar las siguientes regulaciones:

  • Considera como altamente regulada la profesión de Procurador según la Recomendación del Consejo de Europa 11273/12 y, consiguientemente, suprime la incompatibilidad entre el ejercicio simultáneo de las profesiones de abogado y procurador y adapta el ámbito territorial de los colegios profesionales.
  • En cuanto a la incompatibilidad de actividades, el Ministerio explica en el citado borrador que no se considera justificado que la actividad de representación y defensa en juicio no puedan ejercerse por la misma persona. Máxime, teniendo en cuenta, que en algunas jurisdicciones si se permite dicha compatibilidad, como por ejemplo la jurisdicción contencioso-administrativa.
  • Igualmente se permitirá que los abogados puedan ejercer la profesión de procurador sin necesidad de colegiarse en un Colegio de Procuradores.
  • También se modificaría la polémica Ley de Acceso a las profesiones de Abogados y Procuradores, suprimiendo la exigencia de examen de Estado Habilitante. Y que cualquier profesional, en el caso de profesiones de colegiación voluntaria, pudieran apuntarse a las listas para poder ejercer de perito judicial.
  • Por otro lado, la normativa mantendría la colegiación obligatoria de los abogados, procuradores y graduados sociales para su actuación ante jueces y tribunales, así como para notarios y registradores.


Muchos recordaréis cuando erais pequeños que os preguntaban ¿en qué trabaja tu padre?, y algunos, entre los que no me encuentro, respondíais ¡es abogado! o ¡es procurador!

Pues a partir de este año, y si se cumplen las previsiones del Gobierno, vuestros hijos podrán responder dubitativos a dicha pregunta: ¡Mi padre es abogadoprocurador! o ¡procuradorabogado! o ¡abog-ador!, o ¡qué se yo.....!

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