viernes, 31 de enero de 2014

Próxima Inspección a órganos judiciales

Dentro de la labor que desarrollan los Servicios de Inspección del Consejo General del Poder Judicial, a los efectos prevenidos en el Art. 175, 3º de la vigente Ley Orgánica del Poder Judicial, próximamente se realizará la Inspección de las Secciones 20ª, 24ª y 28ª de la Audiencia Provincial de Madrid, concretamente entre los días 6 y 12 de febrero de 2014.

Encuesta de Sigma Dos sobre la Ley de Servicios Profesionales y la Procura

Recientemente han sido presentados los resultados de la Encuesta realizada por la empresa Sigma Dos sobre la Ley de Servicios Profesionales y la Procura.

Se desprende de la misma que el 70% de los Jueces, Secretarios y funcionarios creen que el Proyecto de Ley de Servicios Profesionales perjudicará a la Justicia.

El anteproyecto de Ley de Servicios y Colegios Profesionales que tramita el Gobierno, a propuesta del Ministerio de Economía, no satisface a nadie dentro del sector judicial, según se deduce de la encuesta.

Los profesionales de la justicia coinciden: el procurador es una pieza clave para una Justicia ágil y eficaz. De acuerdo con los resultados del estudio, El 71,1% de los profesionales de la justicia consideran que los procuradores contribuyen a agilizar la Justicia. En este sentido, el trabajo de los procuradores es valorado positivamente por la gran mayoría de los profesionales de la justicia:
  • Un 82,1 por ciento lo valora “bien” o “muy bien”, 
  • frente a un 23.1% que piensan que no ayudan a la agilización. 


INCOMPATIBILIDAD ENTRE PROCURADORES Y ABOGADOS 

Por otro lado, más de la mitad de los profesionales de la justicia (el 53,1,%) se opone a que el trabajo de los procuradores pueda ser realizado indistintamente por un procurador o por un abogado; mientras que el 26,7 % de los entrevistados se manifiestan a favor de la compatibilidad del ejercicio. 

Los funcionarios de justicia y los secretarios de juzgados, dentro de los profesionales de la justicia, son quienes creen por amplia mayoría que si finalmente los Colegios de Procuradores dejan de asumir los gastos de notificación a todas las partes intervinientes en el proceso, no solamente la Administración tendrá un mayor gasto, sino que también el ciudadano. 

Actualmente, 80 millones de notificaciones se gestionan a través de los procuradores y sus Colegios, con una incidencia de problemas del 0,002%. De no poder hacerse las notificaciones al instante (los procuradores están obligados por Ley a recogerlas diariamente y darle traslado a los abogados y a las partes), las dilaciones en los procesos podrían multiplicarse de manera exponencial. La encuesta de Sigma Dos así lo confirma. 


El ACCESO A LA JUSTICIA SERÁ MÁS CARA 

La liberalización de los precios también redundará en un encarecimiento de los procesos judiciales. Así lo cree el 73,7% de los profesionales de la justicia, frente al 18,% que opina lo contrario 

Al igual que tampoco cala entre los profesionales de la justicia, que un mayor incremento de la competencia signifique mayor rentabilidad y mejores servicios a la ciudadanía: Concretamente el 65,2% estima que esta liberalización “dificultará el control ético de la profesión y facilitará el intrusismo y la competencia desleal”. 

Consultados sobre el impacto que tendrá este proyecto en las oficinas judiciales, considerando el aumento del número de profesionales que llevarán gestiones en estas oficinas, la mayoría de los actores consultados cree, de aprobarse, este proyecto de ley tendría un impacto negativo en las oficinas judiciales. 

Por último, una clara mayoría piensa de que llevarse a cabo el proyecto de Ley, la Administración de Justicia se hará menos eficiente y el 65.1% de los profesionales de la justicia piensa que esta situación si “afectará a la agilidad en la tramitación de los procedimientos”. La Ley de enjuiciamiento civil obliga al traslado de copias. Al haber muchos más abogados, 150.000 frente a los 10 mil, la Justicia se ralentizará.

sábado, 4 de enero de 2014

Uso obligatorio del IBAN en lugar del número de cuenta corriente

 A partir de febrero del 2014, se dejará de usar el Código de Cuenta Corriente (CCC) establecido en 20 dígitos, y se sustituye por el IBAN. 

El Banco nos indicará este código, de hecho, ya suele venir reflejado en los estadillos bancarios. Sin este código IBAN no se podrá realizar ninguna operación financiera, de cobro o de pago. El IBAN es el nuevo identificador de las cuentas corrientes. Se compone del mismo número de la cuenta corriente precedido del signo del país, en nuestro caso, ES, y un dígito de control de dos cifras.

Asimismo, para operaciones bancarias internacionales, es obligatorio el uso del Código BIC, también llamado SWIFT. Es un código que caracteriza a la entidad asociada a la cuenta emisora y está compuesto por 11 caracteres. Nuestro banco nos podrá facilitar este código.


Novedades y modificaciones en los modelos tributarios y su presentación

La Orden HAP/2194/2013 de 22 de diciembre, ha venido a introducir modificaciones en la presentación de los modelos tributarios. Trataremos en esta circular lo que afecta a los Abogados y Procuradores para el cumplimiento de sus obligaciones. 

1.- Modelos informativos: 

Afecta a los abogados y procuradores personas físicas y sociedades civiles. 

1.1.- Presentación obligatoria por internet: 

A partir del 1/1/14, es decir, de aplicación para los modelos informativos anuales que se presentan a partir de enero, será obligatorio presentar por medios telemáticos (internet), las siguientes declaraciones: 

- Modelo 390 anual del IVA. 
- Modelo 347 de operaciones con terceras personas. 
- Modelo 349 de operaciones intracomunitarias. 
- Modelo 180 anual de retenciones a arrendadores. 
- Modelo 190 anual de retenciones a empelados y terceros profesionales. 
- Modelo 184 de rentas de sociedades civiles. 

1.2.- Forma de presentación:

1.2.1.- Presentación por internet con firma electrónica avanzada. El programa de ayuda se descarga de la página de hacienda (www.aeat.es), se rellena y se presenta con firma electrónica. 

1.2.2.- PIN 24 horas o firma con clave de acceso. Esta opción está pensada para su uso por personas físicas que no ejercen una actividad, como los arrendadores de inmuebles. Se trata de una forma de presentación telemática sin firma electrónica, de un solo uso, aunque previamente hay que darse de alta en el sistema. Se puede usar para cualquier tipo de declaración, sea trimestral o anual. 

Los Abogados y procuradores que ya disponen de firma electrónica no tiene sentido que utilicen este medio. 

Los que actúen como colaboradores sociales (gestores, asesores, abogados y también procuradores), pueden presentar en nuestro nombre nuestras declaraciones con su firma electrónica. 

2.- Autoliquidaciones. 

Afecta a los abogados y procuradores personas físicas y sociedades civiles. 

2.1.- Presentación en papel. 

A partir del 1 de enero de 2014, dejarán de existir los modelos en papel preimpreso de la Agencia Tributaria, por lo tanto, a partir de primer trimestre del 2014, las autoliquidaciones se podrán seguir presentando en papel pero se deberán de obtener de la página de Hacienda previa su validación, tal como ocurre con el modelo 696 de tasas en papel. A estos efectos, será necesario tener acceso a internet aunque no firma electrónica. 

Estos modelos son: 

- Modelo 303 de IVA 
- Modelo 130 de pago a cuenta del IRPF 
- Modelo 111 de retenciones de empelados y terceros profesionales. 
- Modelo 115 de retenciones de arrendamiento. 
- Modelo 100 de la Declaración de la Renta (salvo que también se presente declaración 714 
de Patrimonio, que obligará a su presentación telemática) 

Nota: durante el 2014 todavía se podrá usar papel preimpreso comprado en hacienda para los modelos 115 y 130. 

2.2.- Presentación por internet. 

Todos los modelos se podrán presentar por internet. Si es a ingresar, el pago se podrá efectuar por domiciliación bancaria, venciendo el plazo, en este caso, cinco días antes del plazo de presentación normal, (por ejemplo, para el 1T2014, en lugar del 20 de abril, el plazo será hasta el 15 de abril). Las órdenes de domiciliación pueden ser revocadas o rectificadas por internet en el mismo plazo. 

También se podrá pagar por medio del NRC hasta el último día de plazo (ejemplo, en el 1T 2014, hasta el 20 de abril), obteniendo dicho NRC de la entidad bancaria o por internet por medio de una opción en el mismo modelo que enlaza con la cuenta corriente de la que el contribuyente es titular. Es el mismo procedimiento de pago por internet de la tasa 696.


3.- Abogados y Procuradores que ejerzan bajo una sociedad limitada. 

Las sociedades limitadas ya estaban obligadas a presentar los modelos informativos y las autoliquidaciones vía telemática. 

4.- Solicitud de aplazamiento, fraccionamiento o pago parcial. 

Establece la norma el mecanismo obligatorio para la solicitud de aplazamiento, fraccionamiento o pago parcial por medios telemáticos. No tiene ninguna complicación. Por ejemplo, en la presentación del modelo 303 cuyo pago se quiere aplazar, la aplicación de Hacienda prevé la solicitud y/o pago parcial por medio del NRC. 

5.- Modificación del modelo censal 036 y modelo de IVA 303. 

La orden HAP/2215/2013 ha aprobado los nuevos modelos 036 y 303 que incluyen la aplicación del criterio de caja en el IVA. 

Los abogados y procuradores que quieran acogerse al criterio de caja del IVA para el 2014 deberían haber presentado el modelo 036 antes del 31 de diciembre de 2013. 

6.- Modificación del IVA repercutido de facturas impagadas. 

La Ley de Emprendedores ha modificado diversas cuestiones formales para la modificación/recuperación del IVA repercutido en aquellas facturas que, habiendo sido declaradas, resulten incobrables o el cliente se encuentre en concurso. A partir del 1/1/14, el procedimiento se habrá de cursar obligatoriamente vía telemática. 

7.- Tipo de retención. ¿21 ó 19%? 

El tipo impositivo de la retención durante el 2012 y 2013 ha sido del 21% en el supuesto general, y del 9% en el supuesto de los procuradores en su primer año de ejercicio y los dos siguientes. 

En el 2014 se deberían de volver a aplicar los tipos que establece la norma y que son el 19 y el 7%, sin embargo, el proyecto de Ley de Presupuestos para el 2014 ha establecido la prórroga de la aplicación del 21 y 9%.