domingo, 31 de marzo de 2013

Hoy lunes entra en vigor la Orden Ministerial que aprueba el modelo 696 para las personas físicas


Publicada en BOE de fecha 30/3/2013 con entrada en vigor al día siguiente, la Orden HAP/490/2013, de 27 de marzo, por la que se modifica la Orden HAP/2662/2012, de 13 de diciembre, por la que se aprueba el modelo 696 de autoliquidación, y el modelo 695 de solicitud de devolución, de la tasa por el ejercicio de la potestad jurisdiccional en los órdenes civil, contencioso-administrativo y social y se determinan el lugar, forma, plazos y los procedimientos de presentación.

En virtud de lo establecido en la DISPOSICIÓN FINAL SÉPTIMA del RDL 3/13, las tasas que hubieran de liquidarse por personas físicas y por todos los sujetos pasivos en el caso de la presentación de los recursos contencioso-administrativos a que se refieren los números cuatro y seis del artículo 1, en el período comprendido desde el día siguiente a la publicación del RDL3/13 hasta la entrada en vigor de la Orden 490/2013, se liquidarán a partir del 1/4/2013 en el plazo de quince días hábiles.

1 comentario:

  1. Un cambio que en su momento fue algo que vino genial al sector, me lo descargo para compartirlo con los abogados en Valencia que tenemos, muchas gracias Baltasar

    ResponderEliminar